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Convenio con Isapre CruzBlanca

título de la sección 1

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Ley Mila (Ley N° 21.372) | Derecho al Acompañamiento

Cuidado Humanizado

En Red Dávila queremos acompañar a nuestros pacientes en todo momento y brindarles la orientación necesaria durante su estadía en nuestras instalaciones. En el marco de la Ley N° 21.372 (Ley Mila), velamos por el cumplimiento de los derechos y responsabilidades de acompañamiento en salud.

🤝 Garantía de Presencia y Apoyo: Esta normativa, promulgada el 7 de octubre de 2021, asegura el derecho al acompañamiento integral por parte de padres, madres, tutores o personas significativas para niños, niñas y adolescentes (NNA) durante toda su atención de salud, así como para mujeres y personas gestantes durante el trabajo de parto, parto y puerperio.

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Niños, Niñas y Adolescentes (NNA)

Derecho permanente a la presencia y contención de sus padres, tutores legales o personas significativas durante hospitalizaciones, procedimientos médicos y consultas ambulatorias.

Contención Emocional y Seguridad

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Gestación, Parto y Puerperio

Acompañamiento continuo y personalizado de una persona significativa de elección durante todo el proceso de preparto, nacimiento y recuperación postparto.

Parto Respetado y Cercano

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Derechos de los Pacientes | Ley Mila

Información al Usuario

Derechos Ley Mila

título de la sección 2

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Guía del Acompañante | Ley Mila

Derechos y Deberes

Conoce quiénes pueden asumir el rol de acompañante, qué facultades tienen dentro del proceso asistencial y cuáles son sus derechos fundamentales en nuestras instalaciones.

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¿Quiénes pueden acompañar?
  • Niños y niñas: Padre, madre, tutores o adultos responsables con relación cercana.
  • Adolescentes (15 a 19 años): Padre, madre, tutores, adulto responsable o par de su misma edad.
  • Gestantes y maternidad: La persona significativa que la paciente determine.

Vínculo Cercano y Seguro

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¿Qué puede hacer?
  • Recibir información sobre el estado de salud del paciente.
  • Participar en las decisiones sobre la atención clínica y médica.
  • Brindar soporte emocional y contención constante.
  • Colaborar en cuidados diarios (alimentación, higiene) en pacientes hospitalizados.

Rol Activo y Colaborativo

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Derechos del Acompañante
  • Disponer de un espacio físico adecuado para esperar y acompañar durante consultas, exámenes y hospitalizaciones.
  • Recibir un trato digno, respetuoso y empático por parte de todo el equipo de salud.

Trato Digno y Espacios Adecuados

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Consideraciones Importantes: Conceptos Clave

🕒 Visita

Persona que acude a acompañar al paciente por un periodo acotado de tiempo, exclusivamente dentro de los horarios establecidos para visitas por el establecimiento asistencial.

💛 Acompañante Significativo o de Elección

Familiar o persona de confianza escogida por el/la paciente (NNA, embarazada o persona gestante) para brindar soporte emocional y cuidados durante toda la atención ambulatoria u hospitalaria, previa firma de declaración informada con consentimiento/asentimiento.

título de la sección 3

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Condiciones, Registro y Horarios de Acompañamiento

Ley Mila (Ley N° 21.372)

El acompañamiento de niños, niñas y adolescentes (NNA) puede ser ejercido por el padre, madre, tutor legal o persona significativa designada por el paciente (con consentimiento/asentimiento según edad). En el caso de mujeres embarazadas y personas gestantes, pueden designar libremente a una persona significativa.

👥 Hasta 3 Acompañantes

Se pueden registrar hasta 3 personas designadas, quienes se alternarán para el acompañamiento continuo.

☀️ Relevos en Horario Diurno

Los cambios de acompañante solo pueden efectuarse en horario diurno para resguardar el descanso clínico.

🔄 Modificación de Registro

Para cambiar las personas autorizadas, se debe solicitar formalmente a la jefatura de la unidad clínica.

Horarios de Acompañamiento: 24 Horas

En todas las unidades de la clínica donde se encuentre un NNA, mujer embarazada o persona gestante, el acompañamiento puede ser las 24 horas del día por parte de la persona significativa elegida, con posibilidad de relevo exclusivamente durante el horario diurno.

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Causales de Suspensión del Acompañamiento

Seguridad y Resguardo

Quienes acompañen a los pacientes deben cumplir los protocolos institucionales. El acompañamiento podrá suspenderse temporal o definitivamente ante las siguientes situaciones:

Incumplimiento normativo: No respetar el reglamento interno o protocolos de la clínica.
Criterio médico: Indicación clínica específica por riesgo vital o condición de salud crítica del paciente.
Confidencialidad: Cuando el equipo de salud requiera tratar materias clínicas confidenciales.
Privacidad del paciente: Cuando la persona solicite expresa privacidad y no autorice la presencia de acompañantes.
Riesgo sanitario: Si el acompañante presenta una condición de salud infecciosa o de riesgo para el paciente o entorno.
Medidas legales: Existencia de alguna orden o resolución judicial que impida la cercanía con el paciente.

título de la sección 4