El aumento de las enfermedades crónicas en nuestro país es una realidad que ha llevado al incremento de trasplantes de órganos y tejidos de pacientes de todas las edades. Las listas de espera se mantienen en alrededor de 2 mil personas en promedio, según los datos publicados por el Ministerio de Salud, siendo el riñón uno de los órganos con más solicitudes.

La donación de órganos es un acto voluntario, altruista y gratuito, mediante el cual una persona o su familia (como representante) deciden “donar” los órganos, para que sean extraídos del cuerpo e implantados en otra persona.

¿Quiénes pueden ser donantes?

La donación de órganos puede ser realizada por personas vivas que ceden un órgano, algún familiar o por pacientes fallecidos, en los que se solicita la autorización familiar. Hay dos tipos de donantes: 

  • Donante vivo: Es aquella persona que dona un órgano o una parte de él, sin que esto le impida continuar su vida con un buen estado de salud. En Chile este tipo de donación está permitida en mayores de 18 años, cuando el receptor del órgano es algún familiar directo (por consanguinidad o adopción), cónyuge o una persona que sin serlo conviva con el donante.
  • Donante fallecido: Es aquel paciente que, una vez fallecido, dona sus órganos. En este caso siempre el donante ha fallecido por daño cerebral severo, que provoca una suspensión irreversible de todas las funciones cerebrales (muerte cerebral) o por la detención del funcionamiento del corazón y los pulmones (paro cardio-respiratoria).

Cambios en la legislación: 

La ley chilena N°21.145 establece que desde los 18 años se considera donante a toda persona fallecida, a menos que en vida haya dejado alguna manifestación expresa de no querer serlo. En el caso que las personas decidan NO ser donantes, deben acudir a una Notaría expresando su decisión de no serlo y llevarlo al registro civil para aparecer en el registro de No donantes.

En el caso de los  menores de 18 años, solo los padres o el representante legal pueden autorizar la donación.

Con estos antecedentes, el equipo de salud debe revisar el Registro Nacional de no donantes que se encuentra en la página del Registro Civil e Identificación que es de conocimiento público.

Más información en:
https://yodonovida.minsal.cl/

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