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Ley 21.309

Convenio con Isapre CruzBlanca

título de la sección 1

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Beneficios Previsionales para Pacientes en Condición de Enfermedad Terminal

Ley N° 21.309

A partir del 1 de julio de 2021 rige la normativa legal que otorga una pensión anticipada y el retiro de fondos acumulados en las cuentas de capitalización individual de las AFP para personas calificadas médicamente en condición terminal.

💡 Finalidad del Beneficio: Brindar apoyo económico oportuno y protección social a los pacientes y sus familias frente a un diagnóstico médico de alta complejidad y pronóstico limitado.

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Beneficiarios del Sistema
  • Afiliados activos al sistema de pensiones de AFP.
  • Pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez total/parcial o sobrevivencia (en todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia).
  • Pensionados Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Cobertura Previsional Amplia

Requisitos Legales
  • Ser mayor de 18 años de edad.
  • Contar con diagnóstico clínico de enfermedad de carácter terminal y un pronóstico de vida menor a 12 meses.

Criterio Clínico y Normativo

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¿Cómo Iniciar la Solicitud de Certificación?

Gestión Clínica

Para iniciar el proceso, el solicitante o su representante debe ingresar una Solicitud de Certificación de Enfermo Terminal ante su AFP o entidad previsional, acompañada de un certificado médico oficial emitido y firmado por el médico tratante y respaldado por la Dirección Médica de la institución de salud.

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Orientación con tu Médico Tratante Si consideras que tú o tu familiar cumplen con las condiciones señaladas, consulta directamente con el médico tratante en Red Dávila para la confección del informe clínico y la gestión de la certificación correspondiente.

título de la sección 2

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Estimado(a) Paciente:

Le recordamos que una vez emitido y visado el certificado médico institucional, y según lo establecido por la ley vigente, debe continuar con la presentación y seguimiento del trámite directamente en su respectiva AFP o entidad previsional.

título de la sección 4