título de la sección 1
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Beneficios Previsionales para Pacientes en Condición de Enfermedad Terminal
Ley N° 21.309
A partir del 1 de julio de 2021 rige la normativa legal que otorga una pensión anticipada y el retiro de fondos acumulados en las cuentas de capitalización individual de las AFP para personas calificadas médicamente en condición terminal.
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Beneficiarios del Sistema
- • Afiliados activos al sistema de pensiones de AFP.
- • Pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez total/parcial o sobrevivencia (en todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia).
- • Pensionados Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Cobertura Previsional Amplia
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Requisitos Legales
- ✓ Ser mayor de 18 años de edad.
- ✓ Contar con diagnóstico clínico de enfermedad de carácter terminal y un pronóstico de vida menor a 12 meses.
Criterio Clínico y Normativo
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¿Cómo Iniciar la Solicitud de Certificación?
Gestión Clínica
Para iniciar el proceso, el solicitante o su representante debe ingresar una Solicitud de Certificación de Enfermo Terminal ante su AFP o entidad previsional, acompañada de un certificado médico oficial emitido y firmado por el médico tratante y respaldado por la Dirección Médica de la institución de salud.
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título de la sección 2
Estimado(a) Paciente:
Le recordamos que una vez emitido y visado el certificado médico institucional, y según lo establecido por la ley vigente, debe continuar con la presentación y seguimiento del trámite directamente en su respectiva AFP o entidad previsional.

