¿Cuándo una enfermedad puede ser catalogada como catastrófica?

Cuando los montos, en los cuales la parte que corresponde cancelar al usuario (copagos), de acuerdo a su plan de salud, sea igual o superior a 30 veces la cotización pactada.

¿Cómo se contrata el seguro para enfermedades catastróficas?

Al suscribir el convenio con la Isapre, estos contemplan la existencia del seguro para enfermedades catastróficas, siempre y cuando el plan del afiliado no forme parte de un plan colectivo contratado por la empresa, que en algunos casos excluye el beneficio.

¿En qué centros de salud se puede hacer uso de este seguro?

En todos aquellos que la Isapre ha definido previamente que forman parte de su Red Asistencial.

¿Cómo y cuándo se puede activar el seguro?

A partir del momento que presuma que la enfermedad que se le ha diagnosticado puede transformarse en una enfermedad catastrófica, se debe contactar con su Isapre y solicitar el ingreso a la red firmando un formulario. Sólo desde el momento que el beneficiario o tutor acepta por escrito la atención, comienza el cómputo de los copagos para alcanzar el deducible, es decir, los montos que son responsabilidad de pago del afiliado que tienen un mínimo de 60 U.F. con un máximo de 126 U.F., por cada enfermedad declarada.

¿Qué es el deducible?

Es el monto que corresponde cancelar al afiliado después de existir cobertura por parte de un seguro (treinta veces la cotización pactada con tope mínimo de 60 U.F. y un máximo de 126 U.F).

¿Qué pasa si llego de urgencia a un centro que no está en la Red?

El paciente si tiene catastrófico ya activado se traslada después de estabilizado al centro de la red, si no tiene catastrófico solicitado puede hacerlo igual dirigiéndose a su Isapre, la cual solicitará certificado de la emergencia para dar cobertura. Posteriormente se gestiona el traslado al Centro de la Red.